🔴 PRECISIONES DE UGT SOBRE LA NEGOCIACIÓN DEL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN EN LA NUEVA RPT DEL PAS


Ante la campaña de intoxicación informativa que se está difundiendo por partes interesadas, desde UGT volvemos a hacer las siguientes aclaraciones sobre este Proceso de Funcionarización.


Algunas de ellas ya las hicimos en nuestro boletín:

https://www.ugr.es/~fesp.ugt/cafetera/la_cafetera_213.pdf

La Mesa Sectorial de Negociación del PAS de la UGR, comenzó la negociación sobre el nuevo proyecto de RPT del PAS, presentado por la Gerencia el pasado día 4 de septiembre de 2018.

Los ejes de esta negociación son dos, por un lado llegar a un Acuerdo de condiciones de funcionarización para el PAS Laboral y abordar la RPT. Ambos ejes están vinculados, es decir, no habrá funcionarización si no se llega a un Acuerdo en RPT.


El pasado día 18 de diciembre, se aprobó en Consejo de Gobierno el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Personal de Administración y Servicios para 2019. En este Plan se recogen dos Anexos, Anexo I “Acuerdo de funcionarización del PAS Laboral de la UGR” y Anexo II “Acuerdo de aprobación y desarrollo de la nueva RPT”. Estos documentos los podéis consultar en el siguiente enlace:

https://www.ugr.es/~ugt1/doc/documentos_aprobados_en_consejo_de_gobierno.pdf


El propósito de todas las partes, de esta Mesa de Negociación, es una vez avanzado el documento del nuevo borrador de RPT publicarlo para que todos los trabajadores puedan revisarlo y hacernos llegar todas las consideraciones antes de que se someta a su aprobación.


  1. Mayor estabilidad en el empleo, aunque no hay peligro cierto en la UGR, esto es una garantía a futuro.

  2. Mejor organización interna.

  3. Este proceso es voluntario para el personal fijo. El personal de sustituciones pasará a ser personal interino, garantizando las sustituciones y las mismas funciones que se tienen como personal laboral. Punto 2.1- Anexo I

  4. Tras la funcionarización se garantiza que la totalidad de las actuales bolsas de sustituciones externas se transformen automáticamente en listas de PAS Funcionario Interino, respetándose las sustituciones manteniendo el mismo número de puesto y la antigüedad que se posea como personal laboral de sustituciones y la categoría de origen. Puntos 5.2.2, 5.2.3- Anexo I

  5. Las sustituciones internas seguirán ofertándose, para ello se dejará sin efecto el Acuerdo de Sustituciones Internas del PAS Laboral y el Acuerdo de Comisiones de Servicio del PAS Funcionario, para negociar un nuevo Acuerdo de Comisiones de Servicio que regulará este tipo de sustituciones.

  6. Los días de permiso, vacaciones y licencias vienen recogidas cuando se negocia el Calendario Laboral y éste afecta tanto al PAS Laboral como al PAS Funcionario, es decir, estos permisos no se alteran con este proceso de funcionarización.

  7. En ningún caso las cotizaciones para el cálculo de las pensiones se verán afectadas. Punto 2.3- Anexo I

  8. Este proceso no conlleva aparejado ninguna privatización de servicios prestados actualmente por el PAS bajo ningún mecanismo (subcontratación, externalización, etc.) Punto 5.1- Anexo I

  9. Se permitirá una mayor promoción, ya que hay categorías que no tienen posibilidad de tenerla. Anexo III- Incorporado en el Anexo I

  10. Se garantizan todas las retribuciones en todos los conceptos, además de una mejora económica para todos.

  11. Para ello, en el documento de Preacuerdo en su punto 2.5, se recoge que todo el personal podrá ver a través de su acceso identificado las retribuciones que viene percibiendo como laboral y las que corresponderían como personal funcionario, desglosadas en los distintos conceptos, además también se incluirán los importes del premio de jubilación consolidado a fecha de funcionarización y una estimación del importe del premio de jubilación que correspondería como funcionario. Punto 2.5- Anexo I

  12. El hecho de que haya niveles diferentes, no afectará al sueldo, ya que todo se regulará con el Complemento Específico, CPNA (Complemento Personal No Absorbible), CED (Complemento de Especial Dedicación). Punto 2.4.1- Anexo I

  13. En la Mesa de Negociación a nivel andaluz, donde UGT tiene representación, el pasado día 16 de noviembre, se aprobó un Acuerdo marco de Jubilación Parcial con contrato de relevo, en el que se estableció un plazo de seis meses para trasladar lo estipulado en el ámbito de aquellas universidades que no tienen este Acuerdo. Lo podéis consultar en nuestro boletín:

https://www.ugr.es/~fesp.ugt/cafetera/la_cafetera_212.pdf

En base a este Acuerdo, la Gerencia nos ha enviado ya un borrador que lo negociaremos en una próxima reunión.

  1. La nueva RPT está ligada al proceso de funcionarización, la fecha de entrada en vigor será del 1 de julio, y ésta será la fecha de efectos económicos para todo el PAS.


🔴 Artículo extraído del boletín LA CAFETERA(214)

https://www.ugr.es/~ugt/cafetera/la_cafetera_214.pdf


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